De conformidad con la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, las delegaciones políticas tienen las siguientes atribuciones, algunas de las cuales están en correspondencia con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda:
- Participar con la Secretaría en la elaboración de los proyectos de los programas delegacionales y de los programas parciales, cuyo ámbito espacial de validez esté comprendido dentro del territorio de su delegación, así como sus proyectos de modificación.
- Recibir las solicitudes de modificación o cancelación de los programas delegacionales y de los programas parciales que prevén los artículos 26, fracción III y 74, de esta Ley y remitirlas al órgano de representación vecinal que establezca la Ley de Participación Ciudadana para su aprobación preliminar.
- Vigilar el cumplimiento de los programas dentro del ámbito de su delegación.
- Expedir las licencias y permisos correspondientes en el ámbito de esta Ley.
- Recibir las manifestaciones de construcción e integrar el registro de las mismas en su delegación, conforme a los requisitos y la normativa aplicable.
- Verificar que, previo a su registro, la manifestación de construcción cumpla con los requisitos previstos en la normativa aplicable y se proponga en suelo urbano.
- Coordinarse con la Secretaría para la realización de la consulta pública prevista en la elaboración de los programas.
- Promover la participación social en la elaboración, ejecución, evaluación y modificación de los programas delegacionales y parciales.
- Vigilar y coordinarse con la Secretaría en el cumplimiento de la normativa en materia de paisaje e imagen urbana y contaminación visual.
- Aplicar las sanciones previstas en esta Ley y sus reglamentos.
- Solicitar a la autoridad competente para que determine y ejecute las medidas de seguridad que correspondan.
- Informar a la Secretaría sobre las irregularidades, anomalías o violaciones que detecten en ejercicio de las funciones de los directores responsables de obra, corresponsables o peritos.